Angola: Tribunal Constitucional niega la destitución de Manuel Pereira da Silva “Manico” en el CNE

La Corte Constitucional niega haberse decidido en el concurso público para ocupar el cargo del presidente de la Comisión Nacional Electoral (CNE), Manuel Pereira da Silva “Manico”, según información publicada en las redes sociales. 

En un comunicado distribuido a la prensa, el tribunal aclara que el Pleno de Jueces, integrado por 11 magistrados, ya inició el juicio del caso bajo el número 812-D / 2020, y se espera que se llegue a una decisión concluyente en el primer mes de 2021.

Afirma pronunciarse, inusualmente, en relación con las acciones pendientes en un proceso que se encuentra en trámite en su ámbito, debido al excepcional interés público del sujeto en cuestión y al hecho de que una propuesta de un Juez Consejero, en la fase preparatoria del juicio, que no puede tomarse como definitivo, ya que sólo el Pleno tiene competencia para adoptarlo o modificarlo, parcial o totalmente.

La declaración aclara que la práctica del Tribunal Constitucional ha sido no dar publicidad a los actos intermedios de los casos, como se hace, a saber, en Mozambique y Portugal y de manera diferente a lo que hacen los Tribunales Constitucionales de Cabo Verde (donde un número limitado de gente popular puede ver el juicio) y Brasil (donde el juicio se transmite en vivo por “TV Justiça”).

El Tribunal Constitucional garantiza que, como siempre, tan pronto como se firme la sentencia, con la adopción de la sentencia firme, se notificará inmediatamente a las partes directamente afectadas y, posteriormente, se procederá a la publicación en su sitio web.

En un comunicado distribuido a la prensa, el tribunal aclara que el Pleno de Jueces, integrado por 11 magistrados, ya inició el juicio del caso bajo el número 812-D / 2020, y se espera que se llegue a una decisión concluyente en el primer mes de 2021.

Afirma pronunciarse, inusualmente, en relación con las acciones pendientes en un proceso que se encuentra en trámite en su ámbito, debido al excepcional interés público del sujeto en cuestión y al hecho de que una propuesta de un Juez Consejero, en la fase preparatoria del juicio, que no puede tomarse como definitivo, ya que sólo el Pleno tiene competencia para adoptarlo o modificarlo, parcial o totalmente.

La declaración aclara que la práctica del Tribunal Constitucional ha sido no dar publicidad a los actos intermedios de los casos, como se hace, a saber, en Mozambique y Portugal y de manera diferente a lo que hacen los Tribunales Constitucionales de Cabo Verde (donde un número limitado de gente popular puede ver el juicio) y Brasil (donde el juicio se transmite en vivo por “TV Justiça”).

El Tribunal Constitucional garantiza que, como siempre, tan pronto como se firme la sentencia, con la adopción de la sentencia firme, se notificará inmediatamente a las partes directamente afectadas y, posteriormente, se procederá a la publicación en su sitio web.

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