El Gobierno viene cometiendo “errores que pueden ser costosos en el futuro”, al traspasar bienes incautados, supuestamente construidos con fondos públicos, sin esperar la decisión judicial.
La alerta es de abogados consultados por VALOR, como es el caso de Albano Pedro, para quien el Estado “difícilmente escapará” a la necesidad de indemnizar a algunas personas. “Todas estas recuperaciones están mal hechas y darán lugar a juicios que serán ganados por personas expropiadas”, advierte el abogado. “Lo que me parece es que no hay nada que se esté definiendo desde el punto de vista judicial para que el Estado pueda quedarse con los bienes”, insiste Albano Pedro, señalando que la justicia es el tribunal y no la PGR que es “definitivamente aprender”. “Cuando se incauta un bien, tenemos que considerar la situación provisional hasta que el caso sea definitivo. No se puede admitir que el caso que al fin y al cabo aún no ha sido juzgado ya le da al Estado el derecho a decir que el bien es del Estado ”, argumenta.
El mismo abogado, Bruno Dessidi, tiene la misma percepción y considera la decisión de entregar los bienes al Estado sin que sea el tribunal quien decida. “Es apresurado si tenemos que mirar un proceso transparente e imparcial. Denota un juicio temprano. Y luego estoy de acuerdo en que si la decisión de mañana cambia y la acción principal es la adecuada para el sector privado, el Estado puede tener altos costos ”.
El conjunto de procesos que precipitan las advertencias de los abogados involucra activos valorados en más de US $ 3.000 millones, con énfasis en el conglomerado de activos, valorado en casi US $ 1.000 millones, perteneciente a CIF y que fue entregado por Manuel Vicente, Hélder Vieira. Dias ‘Kopelipa’ y Leopoldino do Nascimento. También incluye el 40% que Cochan de Leopoldino do Nascimento tenía en Biocom, cuya inversión fue de US $ 750 millones, así como las tres unidades textiles (Satec, Alassola y Nova Textang II) que pasaron al Estado por presunta privatización ilegal. y cuya revitalización habrá costado alrededor de mil millones de dólares.
Las empresas del Grupo Media Nova, así como Global Media (Tv Zimbo, Radio Mais, Jornal O’País y Revista Exame), Tv Palanca y Radio Global también integran los activos reclamados y recuperados por el Estado.
Entre la mafia …
Albano Pedro incluso advierte de la posibilidad de estar en presencia de una “mafia” para salvaguardar los intereses de las personas que ven sus bienes confiscados por el Estado. “Puede que haya una escapatoria para una especie de mafia. Sé que los abogados que están detrás saben que si hay una mala transferencia, habrá una compensación. Y las transferencias se están haciendo mal. Cual es la intencion ¿Es que mañana los propietarios tienen la posibilidad de pedir una indemnización para recuperar el dinero perdido, incluidas las ganancias? Porque esto es posible ”, piensa.
El abogado también advierte que, en el marco del proceso de recuperación de activos, el Estado también se está apoderando de personas de buena fe que tienen participaciones en algunos de los bienes que están siendo decomisados.
… Y mala gestión
Por otro lado, Bruno Dissidi llama la atención sobre la necesidad de que el Estado sea “estricto” en la gestión de los activos, so pena de tener también altos costos en el futuro, debido al deterioro en el valor de los activos. Por ello, defiende la indicación como depositario fiel a las mismas personas que habían estado administrando los bienes con el fin de “mitigar el costo que tendría el Estado en caso de que la decisión resulte acertada para el particular”.
La nacionalización de hoteles “fue un error”
Los juristas también consideran “errónea” la decisión del Gobierno de nacionalizar la empresa propietaria del Hotel Intercontinental y advierten de la posibilidad de que el Estado, en el futuro, pueda verse obligado a indemnizar o perder el bien por “error de forma”.
La nacionalización tuvo lugar en octubre, como parte del proceso de recuperación de activos supuestamente construidos con fondos públicos. En un decreto presidencial, João Lourenço determinó la nacionalización del 60% de las acciones de la empresa comercial Miramar Empreendimentos, SA, justificando que “se construyó una unidad hotelera financiada con recursos íntegramente públicos, a través de Sonangol-EP” y que la “unidad hotelera es en el ámbito patrimonial de Miramar Empreendimentos, SA ”.
Pedro Albano entiende que la decisión de nacionalizar por decreto presidencial es “errónea”, ya que la nacionalización tiene que ser “por una ley formal”, que sale de la Asamblea Nacional. “Totalmente equivocado”, enfatiza Pedro, insistiendo en que la nacionalización solo puede ocurrir con una ley de la Asamblea Nacional. Subrayando que, a diferencia del decomiso, la nacionalización es abstracta, el abogado advierte que, en el caso específico, no se puede decir que hubo nacionalización. “Es como si la propiedad aún perteneciera al individuo y lo que está pasando, en este momento, es una titularidad o posesión indebida ejercida por el Estado, es inconstitucional”, concluye.
“No debería tener ningún efecto porque hay una forma de adicción”, coincide Bruno Dessidi, quien no descarta la posibilidad de que, en el futuro, los privados impugnen la decisión. “Este es nuestro análisis, pero ¿quién tiene el poder? No debería tener efecto, pero lo está produciendo ”, critica, admitiendo, en cambio, el decomiso como la mejor opción.
Otro abogado, Domingos Kitanda, coincide en que las nacionalizaciones podrían representar “problemas en el futuro, si no se prueba que las empresas se constituyeron con fondos públicos”. Comparado con Portugal y Brasil, “países con el mismo marco legal que Angola”, Kitanda cree que el proceso de nacionalización debe ser determinado por la corte. “La nacionalización es un proceso político administrativo que otorga el derecho a indemnización al ex propietario”, conceptualiza, observando que “el Gobierno está haciendo las cosas de forma desordenada”.
Maria Luísa Abrantes, a través de las redes sociales, fue la primera en criticar la nacionalización de la participación de la empresa comercial Miramar Empreendimentos en el Hotel Intercontinental, habiendo recalcado que el Presidente de la República no tiene poderes para nacionalizar, sino la Asamblea Nacional. “Al nacionalizar, el PR se compromete a compensar (pagar / comprar el hotel a precio de mercado)”, advirtió.
El abogado también recordó que solo se deben nacionalizar los activos estratégicos, una de las premisas de la Ley de Delimitación de Actividades Económicas. “¿Es el sector hotelero, especialmente en esta etapa, estratégico?”, Preguntó.
Que dice la ley
Aprobada en marzo de 1976, la Ley de Nacionalización y decomiso de empresas y otros bienes se diseñó debido a la “situación caótica, heredada del colonialismo y agravada por la guerra imperialista, que generó la necesidad de regular de inmediato las condiciones de nacionalización de algunas empresas y bienes abandonados o pertenecientes a traidores ”.
“El Consejo de la Revolución podrá, en el caso de especial interés para la economía nacional y a propuesta del Consejo de Ministros, determinar la nacionalización de todo o parte de los activos de las empresas, nacionales o extranjeras, que se consideren importantes para la economía. resistencia ”, establece el diploma.
La ley, cuya necesidad de actualización es considerada por los especialistas como urgente, también establece que “el Consejo de la Revolución podrá también, a propuesta del Consejo de Ministros, determinar la nacionalización de la totalidad o parte del patrimonio de las empresas en las que haya existido Intervención del Estado en virtud del Decreto Ley nº 128/75, de 7 de octubre, cuando considera que su permanencia en el sector privado es contraria al interés nacional ”.
El artículo 2 de la Ley aborda el caso de las empresas constituidas “con deuda con el Estado”, que es la situación de muchas empresas decomisadas y / o detenidas que habrán sido levantadas con financiación de Sonangol u otras empresas públicas, en el marco de la Ley de 2003 Promoción de la empresa privada.
La Ley de 1976 establece que “el Consejo de la Revolución podrá, a propuesta del Consejo de Ministros, determinar la nacionalización de la totalidad o parte del patrimonio de las empresas que hayan sido objeto de apoyo financiero de las instituciones de crédito del Estado y que no han aplicado estos financiamientos en operaciones de interés para la respectiva empresa y para la economía nacional ”.
También establece que es posible “determinar la transformación obligatoria de créditos” en el capital social de la sociedad deudora. “La resolución del Consejo de Ministros a que se refiere el párrafo anterior implica un cambio inmediato en el pacto social de la empresa de que se trate y es título suficiente para la inscripción de dicho cambio en el Registro Mercantil”.
La Ley, sin embargo, determina la indemnización en caso de nacionalizaciones, aclarando que “las condiciones de indemnización de los titulares de derechos relacionados con bienes nacionalizados se establecerán mediante negociaciones entre el Estado y los interesados”.
En el caso de “Confiscación por Sabotaje Económico”, la Ley determina que “el Consejo de la Revolución podrá, a propuesta del Consejo de Ministros, determinar la confiscación de empresas o bienes de ciudadanos nacionales o extranjeros que ejerzan, en las unidades económicas en las que ejerzan funciones de administradores, directores, gerentes, delegados de gobierno o miembros de comisiones de gestión ”diversos actos considerados delitos por la referida Ley.